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El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) reitera a los conductores que el uso de luces LED o halógenas está prohibido en todo el territorio nacional, conforme a la Ley de Transporte Terrestre.

Estos dispositivos, sobre todo los diodos emisores de luz (LED), pueden provocar daño ocular por la acumulación de lipofuscina en la retina, afectando la visión y elevando el riesgo de accidentes viales.

La intensa luminosidad de estas luces limita la visibilidad de los conductores que circulan en sentido contrario, pudiendo ocasionar colisiones fatales en carreteras. Por este motivo, el INTT aplica el artículo 29, numeral 4, del reglamento de la Ley de Transporte Terrestre para restringir su uso y garantizar una movilidad segura.

Quienes incumplan esta normativa se exponen a sanciones de hasta 10 unidades tributarias (UT), según el artículo 169, numeral 21, de la misma ley, que prohíbe modificar la estructura de los automotores sin autorización y busca proteger la vida de los ciudadanos.

En zonas urbanas, el uso de este tipo de faros está estrictamente prohibido para evitar riesgos en la seguridad vial.

Todas las policías en Venezuela están obligadas a hacer cumplir esta normativa.

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